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AGENDA 2030 Y
ODS 16: Paz,
justicia e instituciones fuertes.
La Abogacia “Pro Bono”
y el compromiso con la sociedad
LUIS F. NIETO
GUZMÁN DE
LÁZARO Abogado y consejero
electivo del Consejo
General de la
Abogacía Española
20 _ Abogacía Española _ Marzo 2019
E n el marco del Plan Estraté-
gico 2020 del Consejo Ge-
neral de la Abogacía Espa-
ñola y, en concreto, dentro
del Eje 4: “UNA ABOGACÍA
COMPROMETIDA CON LA SOCIEDAD”
y de su Objetivo 2º “ABOGACIA DE
INTERES PUBLICO” se incluye, espe-
cíficamente bajo el epígrafe nº 117, el
“Desarrollo de proyectos de Abogacía Pro
Bono”, sobre la base de la importancia
que la responsabilidad social debe ju-
gar hoy día para promover y proteger
de forma efectiva derechos y liberta-
des. Lo cual, por otra parte, encaja
perfectamente en los Objetivos de De-
sarrollo Sostenible, en concreto, el 16
(Paz, Justicia e Instituciones fuertes)
que promueve el Estado de Derecho
en los planos nacional e internacional
y garantizar la igualdad de acceso a la
justicia para todos
Los propios títulos de Eje y Objetivo
en que se ubica el Pro Bono dentro del
Plan Estratégico nos sitúan rápidamen-
te en el ámbito en que nos movemos. A
tal fin, se ha constituido en el Consejo
un Grupo de Trabajo que, entre otras
funciones, promueva iniciativas que lo
desarrollen y den a conocer, difunda
buenas prácticas y aclare su marco jurí-
dico. Para ello, resulta de especial inte-
rés que en cada Colegio de Abogados y
Consejo Autonómico exista igualmente
un referente o comisión que se encar-
gue de esa misma misión en su ámbito
territorial, adaptándose a las necesida-
des que en cada lugar se detecten.
En esta línea, durante los últimos
meses, desde el Consejo General de la
Abogacía se han llevado a cabo distin-
tas acciones en orden a un mayor acer-
camiento al Pro Bono, entre otras: se
han celebrado dos encuentros retrans-
mitidos por “streaming” a todos los Co-
legios y accesibles a día de hoy en la
web de Abogacía Española –uno sobre
el Pro Bono en general y Buenas Prác-
ticas de los Colegios (celebrada el 20
de febrero del pasado año) y otro sobre
Clínicas Jurídicas (celebrada en Sala-
manca el pasado 18 de octubre); se está
trabajando en una Guía y en otros me-
dios de difusión –visuales, trípticos…-;
y tendrá su espacio en el próximo Con-
greso de la Abogacía que se celebrará
en Valladolid en el mes de mayo. Todo
ello dirigido a su divulgación y a pro-
fundizar en su conocimiento.
En esta breve aproximación a la ma-
teria, precisamente en esa misma línea,
hemos de partir de que, aun cuando el
término a buen seguro nos resulta fa-
miliar y es comúnmente conocido, no
lo es tanto su alcance y contenido rea-
les; lejos de ello, existen no pocos pre-
juicios y recelos, cuando no mensajes
de carácter confuso o incluso negativo
hacia todo lo que este tema conlleva,
normalmente como prevención a una
eventual competencia desleal hacia los
despachos o puesta en peligro de la jus-
ticia gratuita.
“POR EL BIEN PÚBLICO”
Desde un punto de vista etimológico, el
término proviene de la expresión latina
“pro bono público”, que hace referencia
a acciones llevadas a cabo “por el bien
público” y que en el ámbito jurídico,
si bien existen múltiples definiciones,
constituiría la prestación por la Aboga-
������������� cía de forma voluntaria y gratuita, de
un determinado asesoramiento dirigido
a colectivos en situación de marginali-
dad o exclusión social y entidades sin