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AGENDA 2030 Y ODS 16: Paz, justicia e instituciones fuertes. La Abogacia “Pro Bono” y el compromiso con la sociedad LUIS F. NIETO GUZMÁN DE LÁZARO Abogado y consejero electivo del Consejo General de la Abogacía Española 20 _ Abogacía Española _ Marzo 2019 E n el marco del Plan Estraté- gico 2020 del Consejo Ge- neral de la Abogacía Espa- ñola y, en concreto, dentro del Eje 4: “UNA ABOGACÍA COMPROMETIDA CON LA SOCIEDAD” y de su Objetivo 2º “ABOGACIA DE INTERES PUBLICO” se incluye, espe- cíficamente bajo el epígrafe nº 117, el “Desarrollo de proyectos de Abogacía Pro Bono”, sobre la base de la importancia que la responsabilidad social debe ju- gar hoy día para promover y proteger de forma efectiva derechos y liberta- des. Lo cual, por otra parte, encaja perfectamente en los Objetivos de De- sarrollo Sostenible, en concreto, el 16 (Paz, Justicia e Instituciones fuertes) que promueve el Estado de Derecho en los planos nacional e internacional y garantizar la igualdad de acceso a la justicia para todos Los propios títulos de Eje y Objetivo en que se ubica el Pro Bono dentro del Plan Estratégico nos sitúan rápidamen- te en el ámbito en que nos movemos. A tal fin, se ha constituido en el Consejo un Grupo de Trabajo que, entre otras funciones, promueva iniciativas que lo desarrollen y den a conocer, difunda buenas prácticas y aclare su marco jurí- dico. Para ello, resulta de especial inte- rés que en cada Colegio de Abogados y Consejo Autonómico exista igualmente un referente o comisión que se encar- gue de esa misma misión en su ámbito territorial, adaptándose a las necesida- des que en cada lugar se detecten. En esta línea, durante los últimos meses, desde el Consejo General de la Abogacía se han llevado a cabo distin- tas acciones en orden a un mayor acer- camiento al Pro Bono, entre otras: se han celebrado dos encuentros retrans- mitidos por “streaming” a todos los Co- legios y accesibles a día de hoy en la web de Abogacía Española –uno sobre el Pro Bono en general y Buenas Prác- ticas de los Colegios (celebrada el 20 de febrero del pasado año) y otro sobre Clínicas Jurídicas (celebrada en Sala- manca el pasado 18 de octubre); se está trabajando en una Guía y en otros me- dios de difusión –visuales, trípticos…-; y tendrá su espacio en el próximo Con- greso de la Abogacía que se celebrará en Valladolid en el mes de mayo. Todo ello dirigido a su divulgación y a pro- fundizar en su conocimiento. En esta breve aproximación a la ma- teria, precisamente en esa misma línea, hemos de partir de que, aun cuando el término a buen seguro nos resulta fa- miliar y es comúnmente conocido, no lo es tanto su alcance y contenido rea- les; lejos de ello, existen no pocos pre- juicios y recelos, cuando no mensajes de carácter confuso o incluso negativo hacia todo lo que este tema conlleva, normalmente como prevención a una eventual competencia desleal hacia los despachos o puesta en peligro de la jus- ticia gratuita. “POR EL BIEN PÚBLICO” Desde un punto de vista etimológico, el término proviene de la expresión latina “pro bono público”, que hace referencia a acciones llevadas a cabo “por el bien público” y que en el ámbito jurídico, si bien existen múltiples definiciones, constituiría la prestación por la Aboga- ������������� cía de forma voluntaria y gratuita, de un determinado asesoramiento dirigido a colectivos en situación de marginali- dad o exclusión social y entidades sin