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cartas al director Más sobre tasas Presidente Jesús López-Arenas González Consejo Editorial Mariano Durán Lalaguna Silvia Giménez-Salinas i Colomer Tomás González Cueto Rafael López Cantal Nazario de Oleaga Páramo José Manuel Otero Lastres Rogelio Pérez Bustamante José Luis Segimón Escobedo Jesús López-Medel Bascones Javier Ledesma Bartret Juana Balmaseda Ripero Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado Vicente Guilarte Gutiérrez Isabel Pont Castejón David Díez Revilla Miquel Sámper Rodríguez Director Francisco Muro de Iscar Redactor Jefe Andrés Garvi Carvajal Redacción Sandra Gómez-Carreño Galán Mar Hedo Cassinello Area de Marketing Laura Palomino Manzanares Cristina Ramírez Fernández Secretaría de Redacción Mercedes Núñez Avilés Delegación del CGAE en Bruselas Julen Fernández Conte Edita Consejo General de la Abogacía Española Pº Recoletos 13 28004 Madrid Tel: 915232593 Fax: 917010590 Mail: prensa@abogacia.es www.abogacia.es Diseño Cuerpo 8 Fotografía Alberto Carrasco, Agencias Ilustraciones Arturo Asensio Humoristas Puebla Portada Arturo Asensio TPI edita, S.A. 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Desde el más absoluto respeto a su opinión, tengo que disentir profundamente sobre la misma, y ello porque desde un punto de vista fiscal su argumentación es totalmente incorrecta. En primer lugar la tasa no iguala a nadie, es una tasa abusiva y que representa un recorte en los derechos y libertades fundamentales recogidos en nuestra Constitución, propugna la des- igualdad e impide el ejercicio de la tutela judicial efectiva. Habrá abogados que estén a favor de la tasa judicial, pero desde luego yo no conozco a ninguno y ejerzo mi profesión en Madrid. En segundo lugar mi compañero confunde churras con merinas. El IVA es un impuesto de CONSUMO, no grava la acción judicial más que cualquier otro tipo de prestación de servicios, no sustituye de ningún modo ninguna tasa o exacción derivada de la acción judicial estrictamente. Posiblemente habrá compañeros que no ingresen o no cobren el IVA, yo tampoco conozco a ninguno pero haberlos haylos, y eso tiene fácil solución. Por ejemplo, una fuente de corruptela es el pago de las costas a que viene condenada la otra parte, porque no hay forma (hoy por hoy) de saber si los ingresos de quien cobra las costas a un particular son abonados al Tesoro Público en sus liquidaciones porque no se pueden cotejar. Pues bien, que se arbitren los medios para que la AEAT y el CGPJ puedan compartir información sobre esos pagos para cruzar datos y detectar desviaciones en las las autoliquidaciones. NO es una tarea difícil. La alternativa a las tasas judiciales, lógicamente no pasa por subir el IVA al 25%, a no ser que el compañero lo que pida es que la prestación de servicios jurídicos se formule bajo un tipo especial de IVA cercano al antiguo impuesto de lujo. Lo que nos faltaba entonces... Y finalmente la propia nota de la redacción desmonta el pobre argumento de lo que tiene que hacer el Consejo General de la Abogacía con la revista, que es exactamente lo que hace, recoger la opinión mayoritaria de un colectivo profesional e intentar paliar el desastre en que nos vemos envueltos por los continuos desatinos del Ministerio de Justicia. Mi enhorabuena por la línea editorial que comparto. >>>>>> Juan Luis Durán García . Colegiado 76929 del ICAM “Abogacía sostenible” Al hilo de la reciente implantación de las famosas tasas judiciales viene siendo preciso dar difusión a nuevas formas de ejercer la Abogacía. La extensión de la pujante y actual práctica de la “Abogacía sostenible”, que cada vez más abogados ejercitan de conformidad con la evo- lución actual de la sociedad, supondrá a medio plazo un salto cuántico en el entendimiento de la praxis jurídica y conllevará en un futuro próximo la descarga de los tribunales en grados hasta ahora inimaginables. La “Abogacía sostenible” trasciende lo meramente mercantil y se empeña en conciliar la rentabilidad económica con valores esenciales de respeto a la sociedad y a sus componentes y el entorno donde ésta se enclava. Comprende que el abogado y su cliente salen ganando cuanto más ganan todas las partes. No es esta una Abogacía ética o moral, sino basada en la pura lógica material. Esta manera de practicar la Abogacía prefiere agotar al máximo la vía extrajudicial, y tra- ta de acompañar al cliente respetando su necesidad bien sea de llegar a un acuerdo o de reclamar el derecho que le corresponde, pues uno de los signos distintivos de la “Abogacía sostenible” es la comprensión de todos los puntos de vista y el respeto hacia el momento que atraviesa cada parte. Si el contencioso se hace inevitable, el “abogado sostenible” defiende con firmeza la cuota de razón de sus clientes en el estrado, pero siempre abierto al acuerdo con la parte contraria en cualquier momento. Esta Abogacía emergente es preventiva, del día a día, antes que “de urgencias”. Es una Abo- gacía del siglo XXI ejercida por profesionales conscientes de que forman parte de un conjunto, de una sociedad y que brindan un servicio jurídico moderno y honesto, de calidad a precios razonables y que contribuye a la resolución de conflictos con soluciones humanas y sosteni- bles, y por tanto eficaces. >>>>>> Ricardo García-Salmones Rovira . Titular del despacho Una respuesta legal Pueden dirigir sus cartas y preguntas al Director por correo electrónico a prensa@abogacia.es. “Abogados” se reserva el derecho de extractar o reducir los textos de las cartas cuyas dimensiones sobrepasen el espacio destinado a ellas. Las opiniones vertidas por los colaboradores de esta publicación son de su exclusiva responsabilidad y no son necesaria- mente compartidas por la línea editorial de “Abogados” y de su editora, el Consejo General de la Abogacía Española.