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reportaje_
BALANCE DE LEGISLATURA EN MATERIA DE JUSTICIA
Veinticinco leyes
en tres años y diez
oportunidades para rectificar
Texto_Julio Fernández López, editor de www.parlamenta.es
La Ley de Tasas, en revisión; la de Asistencia Ju-
rídica Gratuita, todavía en trámite; la de Servicios
y Colegios Profesionales, ya abandonada; una ex-
tensa reforma del Código Penal, cinco años des-
pués de la anterior; cambios de criterio sobre el
Consejo del Poder Judicial, consumado, y sobre el
aborto, fracasado. Hasta veinticinco leyes durante
los tres últimos años y más de una decena de pro-
yectos pendientes configuran un periodo legisla-
tivo frenético y, en su conjunto, nefasto para el ser-
vicio público de la Justicia y el ejercicio profesional
de la abogacía.
La primera gran norma de la Legislatura en el
terreno de la Justicia fue la Ley 5/2012, de 6 de ju-
lio, de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles,
que impulsa la resolución extrajudicial de litigios
y que en su disposición final cuarta reduce las exi-
gencias de acceso a la profesión de abogado de la
Ley 34/2006, eliminando la obligación de realizar
el máster de acceso a todos los licenciados que se
colegiaran en los dos años posteriores al momen-
to en que estuvieron en condiciones de solicitar la
expedición del título de licenciado.
El periodo de gracia del nuevo Gobierno fue efí-
mero y el mismo mes de abril de 2012 el presiden-
te del Consejo General de la Abogacía Española,
Carlos Carnicer, dirigía una carta al ministro Ruiz
Gallardón manifestando su oposición a la imposi-
ción de tasas para el acceso a la Justicia de forma
precipitada. A finales de año se promulgaba de
forma inflexible la Ley 10/2012, de 20 de noviem-
bre, por la que se regulan determinadas tasas en
el ámbito de la Administración de Justicia, que se
encuentra pendiente del veredicto del Tribunal so-
bre cinco recursos y varias cuestiones de inconsti-
tucionalidad. En medio de una crisis económica sin preceden-
tes y con España al borde de la intervención por
parte de la Unión Europea, el Gobierno afrontaba
18_Abogados_Febrero 2015
el desbordamiento de la administración judicial
elevando los requisitos económicos para acceder
al servicio público de la Justicia mediante tasas
generalizadas que han causado el rechazo social y
de los colectivos profesionales implicados.
La primera rectificación
Solo cuatro meses después, el Real Decreto Ley
3/2013 realizaba una importante rectificación
cediendo, aunque de forma totalmente insufi-
ciente, a las reiteradas peticiones de los sectores
jurídicos, judiciales, políticos y de la propia De-
fensora del Pueblo. Se ampliaban determinadas
exenciones de la tasa judicial con efecto retroac-
tivo y se adelantaban algunos aspectos de la ley
de Justicia Gratuita para casos especiales como
las víctimas de violencia de género y terrorismo,
discapacitados o desahuciados de sus domicilios.
Ya se había puesto en marcha la reforma del
Consejo General del Poder Judicial, con una fór-
mula de elección radicalmente diferente de la
que figuraba en el programa electoral del Parti-
do Popular. Y en los siguientes meses el Consejo
de Ministros recibió los anteproyectos de Ley de
Servicios y Colegios Profesionales, de Asistencia
Jurídica Gratuita, de reforma del Poder Judicial, de
interrupción del embarazo, de reforma del Código
Penal, de Código Mercantil y de llevanza de los re-
gistros civiles.