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PORTADA_ XI CONGRESO NACIONAL DE LA ABOGACÍA VITORIA-GASTEIZ
COMPETENCIA: ¿AMIGOS, ENEMIGOS O
VAMOS A LLEVARNOS BIEN?
¿ES POSIBLE QUE UN ABOGADO DE ALMERÍA asista a un detenido de A Coruña con la debida inmediatez o que un abogado de
Sabadell defienda con diligencia y rapidez una reclamación de alimentos de una mujer en Cádiz? y ¿cómo puede un abogado
responder a un cliente que le pide que le informe sobre el coste de procedimiento que quiere iniciar tal y como establece la Carta
de Derechos de los Ciudadanos ante la Justicia? Con estas preguntas, planteadas el moderador por Ramón Jáudenes, decano del
Colegio de Abogados de Pontevedra, se inició la mesa sobre Competencia, compuesta por el abogado Ángel Valdés, el también
abogado Carlos Gallego y Antonio Maudes, director del Departamento de Promoción de la Competencia de la CNMC. l
“A partir de la modificación de la Ley de
Colegios Profesionales, cabe interpretar
que las regulaciones corporativas no
pueden poner más trabas a la actividad
publicitaria de sus miembros que las
establecidas en las normativa general
sobre publicidad”.
. 18_Abogados_Junio 2015
Carlos Gallego: “Los Colegios de
Abogados y el ejercicio profesional de
la Abogacía deben ajustarse a las nor-
mas de libre competencia y esto impo-
ne nuevas exigencias y suprimir ciertas
prácticas. Pero esto no quiere decir que
el Colegio y el abogado pierdan su con-
dición de servidores de la Justicia”
“En esta condición, las frías reglas del
mercado deben considerar esa especial
función, que tiene su máxima relevan-
cia en la prestación del servicio de Jus-
ticia Gratuita y prestación del turno de
oficio y en la determinación de lo exce-
sivo respecto a los honorarios cuestio-
nados en las impugnaciones de costas
y jura de cuentas”.
Antonio Maudes: “Es necesario ir
hacia ‘el abogado 4.0’, en un espacio de
servicios en el que se tengan en cuenta
la competencia y la regulación econó-
mica eficiente”.
“Las restricciones al acceso y a la acti-
vidad son perjudiciales para los consu-
midores y usuarios, y también para las
propias profesiones”.
<<<< Ángel Valdés: “Cabría argumentar
que si las conductas restrictivas de los
Colegios de Abogados tienen como ob-
jetivo garantizar la calidad de los servi-
cios jurídicos que se prestan y el buen
funcionamiento de la profesión, y que la
restricción que se produce es inherente
a la consecución de dicho objetivo, estas
conductas no supondrían una infrac-
ción de las normas sobre Derecho de la
Competencia”. Puede consultar toda la información
referida al Congreso, vídeos y fotografías en
www.abogacia.es