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Carta del editor
TIEMPO DE CAMBIOS, TIEMPO
DE ACUERDOS
A PARTIR DEL 20 DE DICIEMBRE de 2015 empezará a
configurarse un nuevo Gobierno en España. Todos
los datos de los que disponemos al cierre de este
número de la revista, en vísperas del 20-D, indican
que harán falta pactos y acuerdos para los próxi-
mos cuatro años. Pero es que, aunque no fuera así,
también los reclamaríamos como lo hemos hecho
permanentemente. Encima de la mesa hay gran
cantidad de problemas que van a exigir una res-
puesta global. Cuanto mayor sea el acuerdo, me-
jores serán los resultados. No hay que tener mie-
do al consenso. La historia dice que las mayorías
absolutas no son buenas y que hay que poner a
los ciudadanos en el centro del debate y de las so-
luciones. Son muchos los problemas pendientes y
el de la Justicia debería ser uno de los primeros.
La Abogacía ha reclamado de forma unánime un
Pacto de Estado por la Justicia que haga posible su
real independencia, que la dote de medios y que
cuente, en igualdad de armas, con todos sus acto-
res. Lo volvemos a exigir.
Además, el 14 de enero, los decanos de los 83 Co-
legios de Abogados de España elegirán a la per-
sona que habrá de presidir el Consejo General de
la Abogacía Española, tras el anuncio de Carlos
Carnicer de no volver a presentarse a la reelección
después de tres mandatos. El balance lo haremos
en otro momento, pero el mundo jurídico recono-
ce con práctica unanimidad su contribución a la
modernización y mejora de la calidad de la profe-
sión –entre otras muchas aportaciones con la Ley
de Acceso y el Proyecto Tecnológico que ahora se
demuestra imprescindible-; con la consolidación
del papel institucional de la Abogacía; con la ra-
dical defensa del Estado de Derecho; y con la cer-
canía a los ciudadanos, la defensa permanente de
sus derechos y la lucha por acercar la Justicia a los
justiciables, como se ha demostrado, entre otras
muchas cosas, con la derogación, aunque sólo sea,
de momento, para las personas físicas, de las ta-
sas judiciales.
Entramos, pues, en un tiempo de cambios que ne-
cesariamente van a pasar por políticas de acuer-
dos, por proyectos de consenso y por ejercicios de
responsabilidad y generosidad. Están en juego
muchas cosas. En lo que nos atañe directamente
como actores, una reforma dialogada y pactada
de la Justicia que ponga a los ciudadanos en su
objetivo principal y que dé a los abogados el papel
que merecen y que se han ganado. La Abogacía no
cejará en esa batalla por una Justicia justa, ágil y
eficiente. l
El 14 de enero, elecciones a la presidencia
del Consejo General de la Abogacía Española
El Consejo General de la Abogacía Española elegirá nuevo presidente el 14 de enero de 2016, tras la convocatoria realizada
por el actual presidente, Carlos Carnicer, durante el Pleno del Consejo General celebrado el viernes 11 de diciembre. Carni-
cer, que fue elegido en 2001 y reelegido en 2006 y 2011, anunció previamente que no se presentará a un nuevo mandato.
La elección se realizará “en Pleno, de entre los abogados ejercientes y residentes en cualquier Colegio de Abogados de Es-
paña”, que presenten su candidatura, tal y como señala el artículo 70.1 del Estatuto General de la Abogacía por los decanos
de los 83 Colegios de Abogados –mediante voto indelegable- tal y como señala el artículo 72.2 del Estatuto.
Las votaciones tendrán lugar durante el Pleno que se celebrará el jueves 14 de enero. Al término de la votación, se proce-
derá al recuento de votos y se proclamará el resultado. En caso de empate será elegido la persona de mayor antigüedad
colegial. Posteriormente, el Pleno se suspenderá y se reanudará el 28 de enero a las 12 horas para la toma de posesión.
El plazo de presentación y recepción de candidaturas en el Registro del Consejo General de la Abogacía finaliza el 29 de di-
ciembre a las 24 horas. Los candidatos deberán aportar certificación expedida por su Colegio de Abogados que acredite su
condición de abogado en ejercicio, el Colegio de residencia y su fecha de incorporación a la institución colegial. También se
hará constar que el candidato no está incurso en causa de prohibición o incompatibilidad de los arts. 21 y 22 del Estatuto.
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