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indumentaria
POR DERECHO
VESTIDOS PARA DEFENDER:
LA INDUMENTARIA DE ABOGADOS
Y ABOGADAS SEGÚN EL CINE
Y SERIES DE TELEVISIÓN
Texto_José Santiago Yanes Pérez, abogado
“Las personas te juzgan por la apariencia”, House
(FOX, 2006-2007, 3x12: One day one room)
EL PUNTO DE PARTIDA más cercano de la regu-
lación legal en España de cómo han de com-
parecer vestidos los abogados en su actuación
profesional ante los tribunales de Justicia, y que
haya de desembocar en su progresiva evolución
reguladora hasta el día de hoy, arranca con la LOPJ
(1870), norma ésta que mantuvo su vigencia hasta
la promulgada en 1985, que exigió expresamente
a los abogados usar la toga y, bajo la misma, vestir
traje negro y cubrir la cabeza con birrete. Dentro
de su dilatado periodo de vigencia, se escucharon
algunas voces quejándose del uso que venía prac-
ticándose por algún que otro abogado, como la
referida en las páginas del Boletín del Colegio de
Abogados de Madrid (1968, nº. 2), que dijo resul-
taba poco serio observar a un abogado vistiendo,
bajo la toga, pantalones grises y zapatos rojos.
Esta regulación se mantendrá hasta el EGA
(1982), que complementó, además, con nuevos
elementos la forma reglada de vestir: camisa
blanca, y zapatos y corbata negros. Potestativa-
mente, birrete. Norma que obvió el hecho de la
diferencia de género en el colectivo profesional de
la Abogacía, observable en España a partir de 1922,
al imponer tácitamente esas formas incluso a las
mujeres, al no distinguir para éstas otro atuendo
alternativo. El desarrollo final, hasta desembocar
en la regulación actual, pasa por la prevista en la
LOPJ (1985), que, sin aludir a ninguna otra prenda,
impone sólo el uso de la toga. Posteriormente, el
vigente EGA (2001), mantiene el uso obligatorio de
la toga, potestativo del birrete, y suprimiéndose las
referencias al traje, corbata, zapatos negros y a la
camisa blanca. El nuevo EGA (2013), aprobado por
el Consejo General de la Abogacía, y pendiente de
68_Abogados_Septiembre 2016
Turno de Oficio
(TVE, 1986)
El cine y series de
televisión opinan
sobre cómo visten
o deben vestir
los abogados
desde una mirada
externa a cómo
lo considera
la sociedad, el
uso según el
criterio interno
de los propios
abogados, y lo
que los tribunales
entienden por
adecuar la
indumentaria acorde al decoro
de la función
aprobación por el gobierno, dispone la obligación
de usar toga, y respecto del resto de la manera de
vestir se dice que abogados y abogadas adecúen
su indumentaria a la dignidad de su función. El
birrete pasará definitivamente a la historia. Como
una vez ya se aventurara en la serie española Tur-
no de Oficio (TVE, 1986), el birrete “forma parte de
la letra gótica” (Temporada 1, capítulo 2: 1x02).
Este tema ha de interesar, no sólo a los profesio-
nales, que deben acomodar su indumentaria a las
prescripciones legales, sino también al cine y se-
ries de televisión a los que no les ha pasado des-
apercibido, preocupándose tanto del vestuario de
abogados y abogadas, como también cómo han
de adecuar el atuendo a la función profesional
y su presencia ante tribunales de Justicia, una
vez que no existen prefijados colores en el uso
de camisas, trajes, corbatas y/o zapatos. El cine
y series de televisión opinan sobre cómo visten
o deben vestir los abogados desde una mirada
externa a cómo lo considera la sociedad, el uso
según el criterio interno de los propios abogados,
y lo que los tribunales entienden por adecuar la
indumentaria acorde al decoro de la función. In-
cluso se apuntan razones que aconsejan el desu-