Servicios de Orientación Jurídica
Quien pretenda solicitar la Asistencia Jurídica Gratuita puede acudir, sin coste alguno, al Servicio de Orientación Jurídica (S.O.J.) de los Colegios de Abogados donde tiene derecho a:
• Una atención adecuada, en dependencias dignas y horarios prefijados.
• Recibir información sobre los requisitos para el reconocimiento del derecho a la justicia gratuita: económicos, documentos a presentar, plazos…etc.
• Asesoramiento y orientación previos al proceso que incluye un análisis inicial sobre si es viable la pretensión que se quiere ejercitar.
• Ser auxiliado en la redacción del modelo de solicitud del derecho.
• Que se resuelva de forma expresa su solicitud de asistencia jurídica gratuita, bien reconociendo o bien denegando de forma provisional el derecho, así como que la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita dicte resolución que confirme o revoque la del Colegio de Abogados.
• Impugnar judicialmente tal resolución si no está de acuerdo con ella.
• Que se le informe de las consecuencias de la denegación del derecho a la asistencia jurídica gratuita
Además, existen Servicios de Orientación Jurídica especiales para ciertos colectivos con mayor grado de vulnerabilidad. Estos servicios varían en función de los Colegios de Abogados que los ofrecen, pero estos son los más destacados y extendidos:
Mujeres víctimas de violencia de género
Extranjeros
Personas con discapacidad
Menores de edad
Detenidos
Tercera edad
Personas privadas de libertad (servicio prestado en algunos centros penitenciarios)