Julio 2021 _ Abogacía Española _ 33 El Turno que cambia la historia QUE VIENEN El trabajo en el turno de oficio exige una excelencia que se consigue gracias a la formación obligatoria y continua que reciben quienes forman parte del mismo er abogado o abogada del turno de oficio requie-re una formación constan-te y cumplir una serie de requisi-tos que aparecen recogidos en la Orden Ministerial de 3 de junio de 1997. Por un lado, deben tener residencia habitual y des-pacho abierto en el ámbito del Colegio respectivo y, en el caso Julio 2021 _ Abogacía Española _ 33 FORMACIÓN para el turno de oficio de que el Colegio tenga estable-cidas demarcaciones territoriales especiales, tener despacho en la demarcación territorial correspondiente. La Junta de Gobierno del Colegio puede dispensar este último requisito para una mejor organización y eficacia del servicio. Para asegurar esta formación obligatoria de los abogados del turno de oficio, los diferentes colegios están constantemente ofreciendo cursos sobre las di-ferentes especializaciones, ya sea para formarse en un ámbito nuevo o para reciclarse en uno que ya conocen. Estos cursos se organizan por especializaciones, encontrando así sobre Extranje-ría, Víctimas de Trata, Derecho de Menores, Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, Peniten-ciario, etc.