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OPINIóN_
La noCHE dE Las idEas o aLgo dE Luz sobrE Los fLuJos migratorios
el draMa HuManiTario que conlleva la persecución y la búsqueda de refugio y asilo en otro lugar del planeta en el que el perseguido pueda salvar su vida se ha puesto de manifiesto, y de modo lacerante, con ocasión de la guerra en Siria y otros países de la región, que ha llevado a la necesidad perentoria de buscar la salvación huyendo de la desolación y de la guerra. Por lo cual, habrá que asumir por parte de los políticos y la sociedad civil que el Siglo XXI es y será el siglo de las migraciones, lo que equivale a tomar en serio este proceso, no como un fenómeno puntual, sino como una realidad social de alcance internacional a la que hay que dar las respuestas oportunas y prácticas para que los miles de desplazados encuentren la cobertura legal y humanitaria que necesitan. Por otra parte, dada la actual crisis que afecta a determinados países como Siria, Irak, Libia, etc. hay que diferenciar entre emigrantes económicos (a quienes sin duda hay que proteger) y asilados (que buscan de manera urgente salvar sus vidas y reclaman protección). Partiendo de la base de que el derecho de Asilo es un derecho humano de acuerdo con el artículo 14 de la declaración Universal de los derechos Humanos de 1948, en donde se indica que “en caso de persecución toda persona tiene derecho a buscar asilo y a disfrutar de él en cualquier país” y, por tanto, está reconocido como derecho en el plano universal. Además, en 1951 se adoptó, en la Conferencia de Plenipotenciarios sobre el Estatuto de los Refugiados y de los Apátridas de las Naciones Unidas, la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados. Convendría recordar que, en su artículo 33, se prohíbe la expulsión y la devolución y se indica que “ningún Estado contratante podrá, por expulsión o devolución, poner en modo alguno a un refugiado en las fronteras de los territorios donde su vida o su libertad peligre por causa de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social, o de sus opiniones políticas”. Además, algunos Estados de la Unión Europea adoptaron, en 1985, el Acuerdo Schengen, con el fin de suprimir los controles en las fronteras in-
Juan Manuel de faraMiñán gilBerT
Catedrático de derecho internacional público y relaciones internacionales de la universidad de Jaén