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fugiados, y, para colmo de males, la Reunión de los Ministros de Justicia e Interior de 14 de septiembre no sólo fue un fracaso por la incapacidad de convencer a los Estados más reticentes a aceptar las cuotas obligatorias de refugiados, sino que, en un alarde de irresponsabilidad, convocaron una siguiente reunión para el mes de octubre, cuando nos estamos enfrentando a una crisis sin precedentes que reclama soluciones urgentes y efectivas, si bien, afortunadamente, recapacitaron convocando una Cumbre Extraordinaria para el 22 de septiembre, en la que, si bien se llegó a un acuerdo sobre las cuotas, hubo cuatro países –Hungría, Rumanía, Eslovaquia y República Checa- que se negaron a acoger refugiados, y sobre los que aún no se han tomado medidas. España tampoco ha reaccionado como debía, pues lo ha hecho a trancas y barrancas y bajo la presión de Alemania, pero no se ve un convencimiento claro y efectivo por parte del Gobierno que tendrá que acelerar los procedimientos de recepción de refugiados y organizar su integración en las diferentes Comunidades Autónomas.
Tal como se está viendo en septiembre de 2015 en Hungría, no se acoge con la debida diligencia a los solicitantes de asilo que comienzan a deambular en busca de refugio convirtiéndose en “asilantes orbitantes”, quienes, finalmente, corren el peligro de ser devueltos al país del cual están huyendo, con riesgo evidente de perder sus vidas, que es lo único que les queda, pues en sus países de origen ya lo han perdido todo. Además, no perdamos de vista que en el artículo 18 de la Carta de derechos Fundamentales de la Unión Europea de 2007 se “garantiza el derecho de asilo dentro del respeto de las normas de la Convención de Ginebra de 1951 y del Protocolo de 1967 sobre el Estatuto de Refugiados de conformidad con el Tratado de la Unión Europea y su Tratado de Funcionamiento” y que, por tanto, en el marco del Tratado de Lisboa es un instrumento jurídico obligatorio para todos los Estados miembros (con excepción del Protocolo de Polonia y Reino Unido y las declaraciones de República Checa y Polonia) y que, recordemos, aunque la Carta citada no se encuentra en el cuerpo del Tratado, no
Habrá que asumir por parte de los políticos y la sociedad civil que el Siglo XXI es y será el siglo de las migraciones, lo que equivale a tomar en serio este proceso, no como un fenómeno puntual, sino como una realidad social de alcance internacional a la que hay que dar las respuestas oportunas y prácticas
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Octubre 2015_Abogados_43